Expediente Nº 355/11 Ferro de Realico vs. Tte. B. Matienzo 1ra. "A": Visto y considerando el informe de la Terna Arbitral y sus respectivas ampliaciones ratificatorias, los descargos presentados, el Informe del Encargado de Seguridad del Partido y la nota del Colegio de Árbitros en la cual si bien se remiten a lo informado por la Terna Arbitral y habiendo los mismos observado una discrepancia entre el Informe de la Terna Arbitral y el Informe Policial sobre la intervención del Sr. Montes fuera de los vestuarios en el momento en que la Terna procedía a retirarse, el mismo será motivo de consideración por dicho Colegio de Árbitros, citando al Arbitro del partido a los fines que ellos estimen corresponder. Por todo ello todo esto este Tribunal resuelve de forma unánime:
1ro. Aplicar al club Ferro C. Oeste de Realico una multa del V.E. 50 (cincuenta) durante 2 (DOS) fechas en las cuales actúe el club como local ($2000), según los establece el Artículo 80º Inc. C del Reglamento de Transgresiones y Penas; pagadera en tiempo y forma conforme lo requiere el Artículo 149º del Reglamento de Transgresiones y Penas.-
2do. Suspender al Sr. MONTES, Walter (Auxiliar de Campo) del club Ferro C. Oeste de Realicó por 4 (CUATRO) partidossegún el Artículo 185º del Reglamento de Transgresiones y Penas.-
EN SEPTIMA Y QUINTA DIVISION
Expediente Nº 339 y 345/11 Ferro de Realicó vs. Tte. B. Matienzo 7ma. y 5ta: Visto y considerando el informe del árbitro y su respectiva ampliación ratificatoria, el descargo presentado por el Sr. LEGUIZAMON, la Nota del club Ferro de Realicó y la Nota del Colegio de Árbitros donde se remite a lo informado por la Terna Arbitral, este Tribunal resuelve de forma unánime:
1ro. Suspender al Sr. LEGUIZAMON, Ángel Director Técnico del club Ferro de Realicó (Exte. 339/11) por 6 (SEIS) partidossegún el Artículo 192º del Reglamento de Transgresiones y Penas.-
2do. Aplicar al club Ferro C. Oeste de Realicó un Severo Llamado de Atención por lo sucedido y comunicar al club que de repetirse un hecho de las mismas características con algún colaborador del club, será objeto del dictado de otro tipo de medida.-