La Sala Tercera de la Cámara, con las firmas de los jueces Carlos Grecco, Jorge Argento y Sergio Fernández, dispuso que el concesionario COVICO, que explota la carretera concesionada, deberá pagar al transportista 10.000 pesos más intereses de más de una década.
El siniestro ocurrió el 6 de julio de 2001 en el kilómetro 333 de la ruta 188, cuando el transportista sufrió el incendio del acoplado de su rodado y llegó hasta un puesto telefónico de auxilio SOS para pedir asistencia.
Pero la "falta de funcionamiento" de la línea de asistencia "le impidió al chofer del camión requerir la oportuna ayuda de los bomberos de General Villegas".
Según el fallo, el concesionario violó su obligación de "conservar la ruta en condiciones" y "suprimir las causas que originen molestias, inconvenientes o peligrosidad para los usuarios".
Los postes de SOS deben "facilitar la comunicación en caso de accidentes u otra necesidad y, por ello, se encuentran dentro de los elementos que la concesionaria debe mantener en condiciones de utilización", resumió el fallo.